Regl. 7659, art. 61 dup2

Destitución del Principal Ejecutivo

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Cite as Reglamento Núm. 7659, Art. 61 dup2

La Junta podrá relevar de sus funciones al Principal Ejecutivo por justa causa. Se entenderá por justa causa el desempeño negligente 0 culposo de sus funciones, la deshonestidad o la violación de las normas establecidas en la Ley, este Reglamento, el reglamento de la cooperativa o en cualquier otra norma 0 acuerdo vigente dentro del Régimen, 0 el incumplimiento de sus deberes establecidos contractualmente. Subcapítulo B. Seguro de la cooperativa