Regl. 7659, art. 79

Querella

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Cite as Reglamento Núm. 7659, Art. 79

Toda querella deberá cumplir con los siguientes requisitos: a. Estar debidamente firmada por los querellantes. Aunque la administración de la Cooperativa redacte la querella con la información provista por el o los socios querellantes, esta deberá estar firmada por los MM querellantes previo a la notificación a los querellados. b. Expresar detalladamente todos los hechos en los cuales se basa la querella. c. Expresar la manera en la que las actuaciones u omisiones del o de los querellados han afectado al o a los querellantes. d. Incluir las disposiciones de la Ley, este Reglamento, el reglamento general o de cualquier otra norma vigente en la cooperativa, que el 0 los querellantes alegan el o los querellados han violado. e. Solicitar un remedio para resolver la reclamación.
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