Regl. 7669, art. III dup3
Política Institucional
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Cite as Reglamento Núm. 7669, Art. III dup3
La manufactura, la distribución, el suministro, la posesión, el uso ilegal de sustancias
controladas y el abuso del alcohol son prácticas perjudiciales a los mejores intereses
institucionales y no habrán de ser permitidas independientemente de la jerarquía O posición
de las personas que puedan resultar involucradas. Bajo ninguna circunstancia se permitirá
que persona alguna que viole esta prohibición o que esté bajo los efectos de alguna sustancia
controlada o del alcohol, permanezca en su lugar de trabajo o de estudios.
De violar las prohibiciones aquí establecidas, la persona estará sujeta a las medidas
disciplinarias especificadas en el Reglamento del Colegio.
El Interés institucional con respecto a este asunto es garantizar en la medida posible
un ambiente de trabajo y de estudios libre de sustancias controladas y el abuso del alcohol
que propenda a la más adecuada y eficiente utilización de los recursos universitarios. El
Colegio Universitario de Justicia Criminal de Puerto Rico desea que todos sus empleados (as)
y estudiantes puedan disfrutar en un ambiente sano, libre de las influencias de sustancias
controladas y del alcohol.
Se exhorta a toda la comunidad universitaria a dar fiel cumplimiento a esta política de
un ambiente universitario libre del uso de sustancias controladas y el abuso del alcohol, a
utilizar programas de ayuda, si ello fuere necesario y evitar las medidas disciplinarias que
procederían contra aquellas personas que incumplan con la política pública aquí establecida.
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CAPÍTULOVI
POLITICA INSTITUCIONAL SOBRE SEGURIDAD EN EL COLEGIO
UNIVERSITARIO DE JUSTICIA CRIMINAL DE PUERTO RICO
Y EL "STUDENT RIGHT TO KNOW ACT"
La presente declaración de política pública se promulga a tenor con la Ley Pública
101-542 conocida como "Student's Right to Know and Campus Security Act", así como las
demás leyes federales y estatales que requieren la adopción de normas institucionales claras, a
fin de promover un ambiente que facilite la prevención de actos delictivos y la atención a la
seguridad personal de la comunidad universitaria.
Mediante esta política se pretende promover y mantener un ambiente de estudios y
trabajo seguro, libre de riesgos, actos de violencia y peligro. Se reconoce como interés
institucional legítimo la protección a la vida y seguridad de los miembros de la comunidad
interna y externa que hacen uso de sus servicios y facilidades físicas y la prevención de
ocurrencia de actos delictivos dentro de la jurisdicción. Además, se reconoce el derecho de
los (las) estudiantes o posibles estudiantes y comunidad en general a ser informados sobre
cualquier acto delictivo ocurrido dentro de los terrenos universitarios y áreas adyacentes.
Asimismo, cualquier persona que, por sus actos de comisión u omisión, viole
cualquier estatuto estatal o federal, estará sujeta a las medidas disciplinarias establecidas en
los reglamentos universitarios O será procesada civil O criminalmente mediante las leyes
estatales que apliquen.
Para propiciar un ambiente de estudio y trabajo seguro, libre de todo riesgo, actos de
violencia y peligro, se requiere el apoyo y cooperación de todos los sectores universitarios,
así como de los ciudadanos particulares. Por ello lo enunciado en este documento aplica a
todos los miembros de la comunidad y ciudadanos particulares que han uso de los servicios y
facilidades físicas universitarias.
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CAPÍTULOVII
POLÍTICA INSTITUCIONAL SOBRE PROTECCIÓN AMBIENTAL
El Colegio Universitario de Justicia Criminal ha reconocido y asumido su
responsabilidad de llevar a cabo acciones afirmativas y de realizar actividades para crear
conciencia entre sus empleados (as) y estudiantes, que promueva la protección del ambiente.
En esto todos tenemos una responsabilidad ineludible. Por lo tanto, todos debemos asumir
una actitud responsable y activa que transcienda los límites del área de trabajo, el salón de
clases O el área geográfica en que nos movemos.
Cada acción que lleva a cabo el ser humano afecta en una u otra forma, directa o
indirectamente, el ambiente. Todos nos afectamos positiva o negativamente de las
consecuencias de estas acciones. Ya estamos sufriendo las consecuencias de acciones
realizadas en el pasado y decisiones tomadas que están afectando adversamente nuestro
diario vivir. Ahora nos toca influir en el mejoramiento de las condiciones ambientales que
han sido afectadas adversamente y establecer mecanismos reales y permanentes para la
protección de aquellas que aún no han sufrido deterioro. Las consecuencias de lo que
dejemos de hacer hoy, las sufriremos mañana. Juntos podemos lograr cosas grandes y
positivas, que dejen una huella real y permanente en nuestro ambiente.
Por nuestra parte, hemos comenzado desarrollando la Política ambiental del Colegio
Universitario de Justicia Criminal de Puerto Rico que contiene elementos esenciales para
dirigir nuestros esfuerzos y recursos en pro de un mejor ambiente.
CAPÍTULOVIII
DECLARACIÓN DE POLÍTICA ANTIDISCRIMEN
El Colegio no discrimina por razón de raza, sexo, nacimiento, edad, origen o
condición social, ideas políticas o religiosas en sus actividades, empleo, orientación de éstas,
programas educativos y actividades relacionadas.
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CAPÍTULO IX
POLÍTICA INSTITUCIONAL PARA LIMITAR EL USO DEL
CIGARRILLO Y GARANTIZAR EL DERECHO DEL NO
FUMADOR A UN AMBIENTE LIBRE DE RIESGOS A LA SALUD
El Instituto Nacional para la Seguridad Ocupacional y la Salud (NIOSH), por sus
siglas en inglés, ha concluido que fumar cigarrillos ocasiona cáncer y posiblemente
enfermedades cardíacas en los no fumadores. En consecuencia, el Instituto ha sugerido que
se utilicen todas las medidas preventivas disponibles para minimizar la exposición
ocupacional.
El Cirujano General de los Estados Unidos de América ha determinado que el
respirar el aire en un lugar cerrado donde se está fumando puede ser nocivo tanto a la salud
del fumador como del no fumador. También se ha determinado que el humo derivado del
tabaco puede ser perjudicial para la salud de mujeres embarazadas y para los niños que llevan
en su vientre.
Conscientes del problema a la salud que representa para los empleados (as) no
fumadores la presencia de humo en la atmósfera del lugar de empleo y las molestias que se
crean al no fumador, se establece como norma la prohibición del uso del cigarrillo y otros
productos derivados del tabaco dentro de las estructuras del Colegio.
En el caso de las Oficinas Administrativas del Colegio, se permitirá fumar en los
jardines, siempre y cuando el lugar no represente un riesgo de fuego O explosión y que no se
prohíba fumar mediante rotulación en el área. El (La) Decano(a) de Administración se
asegurará de rotular adecuadamente los lugares donde esté prohibido fumar en los
alrededores del Colegio.
La prohibición aquí enunciada tiene vigencia inmediata y aplica a todas las personas
que prestan servicios en el Colegio, a estudiantes, visitantes y empleados (as) universitarios.
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A las personas que violen esta prohibición se les requerirá abandonar los predios
institucionales. El (La) Rector(a) establecerá las áreas en las cuales se permitirá fumar. La
prohibición de fumar en las estructuras colegiales tendrá vigencia inmediatamente después
del anuncio de las áreas señaladas.
El interés institucional con respecto a este asunto es el garantizar, en la medida
posible, un ambiente de trabajo libre de riesgos la salud y que propenda a la más adecuada y
eficiente utilización de sus recursos. El mantener el lugar de trabajo libre de riesgos a la salud
es responsabilidad de todos.
Este reglamento entrara en vigor a los treinta dias luego de ser sometido al
Departamento de Estado de Puerto Rico.
CERTIFICACIÓN
Aprobado
en
GURASO
,
Puerto Rico el día 18 de
Diciember de 2008.
Rectora Dra. Edna L. Quiñones Álvarez almy
Ledo, Alejandro Salgado Rivera
Presidente Junta de Directores
Cor.
Secretario Junta
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