Regl. 7669, art. III dup3

Política Institucional

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Cite as Reglamento Núm. 7669, Art. III dup3

La manufactura, la distribución, el suministro, la posesión, el uso ilegal de sustancias controladas y el abuso del alcohol son prácticas perjudiciales a los mejores intereses institucionales y no habrán de ser permitidas independientemente de la jerarquía O posición de las personas que puedan resultar involucradas. Bajo ninguna circunstancia se permitirá que persona alguna que viole esta prohibición o que esté bajo los efectos de alguna sustancia controlada o del alcohol, permanezca en su lugar de trabajo o de estudios. De violar las prohibiciones aquí establecidas, la persona estará sujeta a las medidas disciplinarias especificadas en el Reglamento del Colegio. El Interés institucional con respecto a este asunto es garantizar en la medida posible un ambiente de trabajo y de estudios libre de sustancias controladas y el abuso del alcohol que propenda a la más adecuada y eficiente utilización de los recursos universitarios. El Colegio Universitario de Justicia Criminal de Puerto Rico desea que todos sus empleados (as) y estudiantes puedan disfrutar en un ambiente sano, libre de las influencias de sustancias controladas y del alcohol. Se exhorta a toda la comunidad universitaria a dar fiel cumplimiento a esta política de un ambiente universitario libre del uso de sustancias controladas y el abuso del alcohol, a utilizar programas de ayuda, si ello fuere necesario y evitar las medidas disciplinarias que procederían contra aquellas personas que incumplan con la política pública aquí establecida. 92 CAPÍTULOVI POLITICA INSTITUCIONAL SOBRE SEGURIDAD EN EL COLEGIO UNIVERSITARIO DE JUSTICIA CRIMINAL DE PUERTO RICO Y EL "STUDENT RIGHT TO KNOW ACT" La presente declaración de política pública se promulga a tenor con la Ley Pública 101-542 conocida como "Student's Right to Know and Campus Security Act", así como las demás leyes federales y estatales que requieren la adopción de normas institucionales claras, a fin de promover un ambiente que facilite la prevención de actos delictivos y la atención a la seguridad personal de la comunidad universitaria. Mediante esta política se pretende promover y mantener un ambiente de estudios y trabajo seguro, libre de riesgos, actos de violencia y peligro. Se reconoce como interés institucional legítimo la protección a la vida y seguridad de los miembros de la comunidad interna y externa que hacen uso de sus servicios y facilidades físicas y la prevención de ocurrencia de actos delictivos dentro de la jurisdicción. Además, se reconoce el derecho de los (las) estudiantes o posibles estudiantes y comunidad en general a ser informados sobre cualquier acto delictivo ocurrido dentro de los terrenos universitarios y áreas adyacentes. Asimismo, cualquier persona que, por sus actos de comisión u omisión, viole cualquier estatuto estatal o federal, estará sujeta a las medidas disciplinarias establecidas en los reglamentos universitarios O será procesada civil O criminalmente mediante las leyes estatales que apliquen. Para propiciar un ambiente de estudio y trabajo seguro, libre de todo riesgo, actos de violencia y peligro, se requiere el apoyo y cooperación de todos los sectores universitarios, así como de los ciudadanos particulares. Por ello lo enunciado en este documento aplica a todos los miembros de la comunidad y ciudadanos particulares que han uso de los servicios y facilidades físicas universitarias. 93 CAPÍTULOVII POLÍTICA INSTITUCIONAL SOBRE PROTECCIÓN AMBIENTAL El Colegio Universitario de Justicia Criminal ha reconocido y asumido su responsabilidad de llevar a cabo acciones afirmativas y de realizar actividades para crear conciencia entre sus empleados (as) y estudiantes, que promueva la protección del ambiente. En esto todos tenemos una responsabilidad ineludible. Por lo tanto, todos debemos asumir una actitud responsable y activa que transcienda los límites del área de trabajo, el salón de clases O el área geográfica en que nos movemos. Cada acción que lleva a cabo el ser humano afecta en una u otra forma, directa o indirectamente, el ambiente. Todos nos afectamos positiva o negativamente de las consecuencias de estas acciones. Ya estamos sufriendo las consecuencias de acciones realizadas en el pasado y decisiones tomadas que están afectando adversamente nuestro diario vivir. Ahora nos toca influir en el mejoramiento de las condiciones ambientales que han sido afectadas adversamente y establecer mecanismos reales y permanentes para la protección de aquellas que aún no han sufrido deterioro. Las consecuencias de lo que dejemos de hacer hoy, las sufriremos mañana. Juntos podemos lograr cosas grandes y positivas, que dejen una huella real y permanente en nuestro ambiente. Por nuestra parte, hemos comenzado desarrollando la Política ambiental del Colegio Universitario de Justicia Criminal de Puerto Rico que contiene elementos esenciales para dirigir nuestros esfuerzos y recursos en pro de un mejor ambiente. CAPÍTULOVIII DECLARACIÓN DE POLÍTICA ANTIDISCRIMEN El Colegio no discrimina por razón de raza, sexo, nacimiento, edad, origen o condición social, ideas políticas o religiosas en sus actividades, empleo, orientación de éstas, programas educativos y actividades relacionadas. 94 CAPÍTULO IX POLÍTICA INSTITUCIONAL PARA LIMITAR EL USO DEL CIGARRILLO Y GARANTIZAR EL DERECHO DEL NO FUMADOR A UN AMBIENTE LIBRE DE RIESGOS A LA SALUD El Instituto Nacional para la Seguridad Ocupacional y la Salud (NIOSH), por sus siglas en inglés, ha concluido que fumar cigarrillos ocasiona cáncer y posiblemente enfermedades cardíacas en los no fumadores. En consecuencia, el Instituto ha sugerido que se utilicen todas las medidas preventivas disponibles para minimizar la exposición ocupacional. El Cirujano General de los Estados Unidos de América ha determinado que el respirar el aire en un lugar cerrado donde se está fumando puede ser nocivo tanto a la salud del fumador como del no fumador. También se ha determinado que el humo derivado del tabaco puede ser perjudicial para la salud de mujeres embarazadas y para los niños que llevan en su vientre. Conscientes del problema a la salud que representa para los empleados (as) no fumadores la presencia de humo en la atmósfera del lugar de empleo y las molestias que se crean al no fumador, se establece como norma la prohibición del uso del cigarrillo y otros productos derivados del tabaco dentro de las estructuras del Colegio. En el caso de las Oficinas Administrativas del Colegio, se permitirá fumar en los jardines, siempre y cuando el lugar no represente un riesgo de fuego O explosión y que no se prohíba fumar mediante rotulación en el área. El (La) Decano(a) de Administración se asegurará de rotular adecuadamente los lugares donde esté prohibido fumar en los alrededores del Colegio. La prohibición aquí enunciada tiene vigencia inmediata y aplica a todas las personas que prestan servicios en el Colegio, a estudiantes, visitantes y empleados (as) universitarios. 95 A las personas que violen esta prohibición se les requerirá abandonar los predios institucionales. El (La) Rector(a) establecerá las áreas en las cuales se permitirá fumar. La prohibición de fumar en las estructuras colegiales tendrá vigencia inmediatamente después del anuncio de las áreas señaladas. El interés institucional con respecto a este asunto es el garantizar, en la medida posible, un ambiente de trabajo libre de riesgos la salud y que propenda a la más adecuada y eficiente utilización de sus recursos. El mantener el lugar de trabajo libre de riesgos a la salud es responsabilidad de todos. Este reglamento entrara en vigor a los treinta dias luego de ser sometido al Departamento de Estado de Puerto Rico. CERTIFICACIÓN Aprobado en GURASO , Puerto Rico el día 18 de Diciember de 2008. Rectora Dra. Edna L. Quiñones Álvarez almy Ledo, Alejandro Salgado Rivera Presidente Junta de Directores Cor. Secretario Junta 96 word
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