Regl. 7669, art. II-2.10
Uso de los Dormitorios y Otras Facilidades del Colegio
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Cite as Reglamento Núm. 7669, Art. II-2.10
Los estudiantes deberán pernoctar en los dormitorios asignados por el Colegio durante
toda la duración del programa de estudios, y se mantendrán en los mismos en los horarios
designados para ello, salvo que medie un permiso especial otorgado por el Colegio.
El propósito de este requisito es el de establecer una pequeña comunidad donde se
aprenda a vivir en grupo, a respetar las diferencias individuales, a aceptar éstas y a desarrollar
un mayor grado de tolerancia. Los objetivos de las áreas de dormitorio son los de proveer a
los (las) estudiantes un ambiente que propicie el estudio, fomente las buenas relaciones
sociales y estimule el desarrollo pleno de su personalidad, asà como propiciar la interacción
del grupo para fomentar el respeto a las normas democráticas, al orden y a la consideración
recÃproca entre sus miembros. Además, deben proveer las condiciones necesarias de
seguridad personal a los (las) estudiantes y propiciar que éstos contribuyan al orden y al buen
funcionamiento de los dormitorios.
La interacción del grupo debe caracterizarse por normas donde predomine el orden y el
respeto recÃproco entre los miembros, para ofrecer un ambiente acogedor y placentero,
donde se pueda desarrollar al máximo el potencial individual. El residente tendrá acceso a los
dormitorios en los horarios establecidos por la Sección de Formación y Disciplina. Si es
necesario, el personal autorizado le solicitará identificación con foto. La conducta en los
dormitorios se regirá por las siguientes normas:
a. La Sección de Formación y Disciplina asignará a cada estudiante una habitación, una
cama y un armario o casillero para guardar su ropa y objetos personales. Los (Las)
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estudiantes no podrán intercambiarse las camas y armarios asignados sin la debida
autorización, ni dormir en otras camas que no sean las asignadas. Las camas deberán
mantenerse con la ropa y accesorios requeridos por el Colegio, recogidas y limpias
cuando no se estén utilizando. Las partes inferiores de las ventanas de cada piso del
área de dormitorios permanecerán cerradas. Los (Las) estudiantes cerrarán las
puertas de los dormitorios y mantendrán cerrados con candados los armarios de ropa
al salir de sus habitaciones. En ningún caso, el Colegio, sus funcionarios (as) o
empleados (as) serán responsables de la propiedad personal de los (las) estudiantes.
Además, deberán apagar las luces de los dormitorios o baños al salir de dichas áreas.
b. No se permitirá a los (las) estudiantes de un sexo acceder a los dormitorios o sus
inmediaciones del sexo opuesto, ni incurrir en actos de placer carnal o de satisfacción
del apetito sexual, incluyendo el tener relaciones sexuales, besarse o saludarse con
besos, abrazarse O cogerse de las manos, con otras personas del mismo o diferente
sexo, en las facilidades del Colegio.
C. No habrá tertulias, bullicios o ruidos en los pasillos y áreas adyacentes a los
dormitorios, de manera que los residentes puedan descansar sin molestia alguna. El
periodo de descanso comenzará a la 10:00 P.M., momento en que se apagarán las
luces en todos los dormitorios. Durante el horario designado para dormir debe
imperar el orden y el silencio en las facilidades.
d. No se permitirá la presencia de mascotas.
e. No se permitirá en las habitaciones, sus armarios o casilleros, o en otras facilidades
del Colegio, el almacenamiento de comidas perecederas o imperecederas, excepto en
los sitios designados para ello por el Colegio.
f. Los dormitorios, baños y áreas de uso estudiantil deberán mantenerse limpias y
recogidas, a prueba de inspección en todo momento. Los zapatos o botas se
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mantendrán debajo de la cama; la ropa y otros efectos personales se mantendrán en
los armarios, y la ropa sucia en los bolsos de lavanderÃa. Los bolsos de lavanderÃa
deberán ser de color blanco, en tela de algodón.
g. Se permitirá el uso del siguiente equipo: computadora, un reloj por cuarto, radios
portátiles con audÃfonos, y dos abanicos de pedestal por cuarto. En el caso de las
facilidades en Villalba se permitirán seis abanicos por cada dormitorio. Los (Las)
estudiantes no podrán portar o utilizar teléfonos celulares, excepto en los horarios
designados por la Sección de Formación y Disciplina. Tampoco podrán utilizar
radios portátiles, excepto con audÃfonos en los dormitorios, equipos de música,
juegos o aparatos electrónicos, cámaras fotográficas y de video, televisores y
cualquier otro artefacto que afecte el ambiente académico dentro de los predios del
Colegio, excepto en las áreas y horarios designados por el Colegio. El personal
docente autorizará la utilización de cualquier equipo electrónico que sea necesario
para realizar la labor académica.
h. Se permitirá el uso de computadoras personales en los salones de clases y las áreas
comunes para fines académicos o de recreación siempre que dicho uso cumpla con
todas las disposiciones de este Reglamento y de las leyes y reglamentos federales y
locales que regulan esta materia, incluyendo lo siguiente:
i. Todo programa 0 recurso en los sistemas computadorizados del Colegio es
adquirido bajo una licencia O autorización de uso válida a su nombre y no podrán
ser instalados, copiados 0 reproducidos, sin la autorización previa y por escrito
del (de la) Rector(a);
ii. Se prohibe acceder a propiedad intelectual ("copyrighted") que viole los derechos
de autor, o utilizar la misma sin el permiso debido del autor, incluyendo el enviar
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0 transferir mensajes electrónicos, sin permiso de la persona que originalmente
los envió.
El uso de las computadoras personales estará permitido en las habitaciones hasta las
10:00 P.M., siempre que no interfiera con el sueño de los demás estudiantes que
comparten la habitación.
i. Sólo se podrá fumar en las áreas y las horas designadas por el Colegio y/o la Sección
de Formación y Disciplina.
j. No se permitirá el acceso a los pisos y la entrada a las habitaciones de personas
externas al Colegio. Se permitirán las visitas de personas externas al Colegio desde las
5:00 p.m. hasta las 9:00 p.m., en el puesto principal de la Sección de Seguridad, previa
la autorización de los (las) agentes disciplinarios(as). En situaciones de emergencia,
tales como muerte o enfermedad mortal de un familiar, se podrán autorizar visitas
fuera de los horarios señalados, siempre y cuando no se interrumpan los trabajos O se
limiten los derechos de los demás estudiantes del piso. El (La) estudiante es
responsable de la conducta de sus invitados y de los daños que puedan causar
durante su visita.
En caso de que un estudiante detecte la presencia de una persona externa en las
áreas de uso exclusivo de residentes, lo notificará inmediatamente a la Sección de
Seguridad para que ésta intervenga y desaloje a la persona.
k. Todos(as) los (las) estudiantes estarán obligados a desalojar los dormitorios durante
los simulacros o ensayos de desalojo que el Colegio considere necesarios llevar a
cabo.