Regl. 7669, art. II-2.10

Uso de los Dormitorios y Otras Facilidades del Colegio

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Cite as Reglamento Núm. 7669, Art. II-2.10

Los estudiantes deberán pernoctar en los dormitorios asignados por el Colegio durante toda la duración del programa de estudios, y se mantendrán en los mismos en los horarios designados para ello, salvo que medie un permiso especial otorgado por el Colegio. El propósito de este requisito es el de establecer una pequeña comunidad donde se aprenda a vivir en grupo, a respetar las diferencias individuales, a aceptar éstas y a desarrollar un mayor grado de tolerancia. Los objetivos de las áreas de dormitorio son los de proveer a los (las) estudiantes un ambiente que propicie el estudio, fomente las buenas relaciones sociales y estimule el desarrollo pleno de su personalidad, así como propiciar la interacción del grupo para fomentar el respeto a las normas democráticas, al orden y a la consideración recíproca entre sus miembros. Además, deben proveer las condiciones necesarias de seguridad personal a los (las) estudiantes y propiciar que éstos contribuyan al orden y al buen funcionamiento de los dormitorios. La interacción del grupo debe caracterizarse por normas donde predomine el orden y el respeto recíproco entre los miembros, para ofrecer un ambiente acogedor y placentero, donde se pueda desarrollar al máximo el potencial individual. El residente tendrá acceso a los dormitorios en los horarios establecidos por la Sección de Formación y Disciplina. Si es necesario, el personal autorizado le solicitará identificación con foto. La conducta en los dormitorios se regirá por las siguientes normas: a. La Sección de Formación y Disciplina asignará a cada estudiante una habitación, una cama y un armario o casillero para guardar su ropa y objetos personales. Los (Las) 18 estudiantes no podrán intercambiarse las camas y armarios asignados sin la debida autorización, ni dormir en otras camas que no sean las asignadas. Las camas deberán mantenerse con la ropa y accesorios requeridos por el Colegio, recogidas y limpias cuando no se estén utilizando. Las partes inferiores de las ventanas de cada piso del área de dormitorios permanecerán cerradas. Los (Las) estudiantes cerrarán las puertas de los dormitorios y mantendrán cerrados con candados los armarios de ropa al salir de sus habitaciones. En ningún caso, el Colegio, sus funcionarios (as) o empleados (as) serán responsables de la propiedad personal de los (las) estudiantes. Además, deberán apagar las luces de los dormitorios o baños al salir de dichas áreas. b. No se permitirá a los (las) estudiantes de un sexo acceder a los dormitorios o sus inmediaciones del sexo opuesto, ni incurrir en actos de placer carnal o de satisfacción del apetito sexual, incluyendo el tener relaciones sexuales, besarse o saludarse con besos, abrazarse O cogerse de las manos, con otras personas del mismo o diferente sexo, en las facilidades del Colegio. C. No habrá tertulias, bullicios o ruidos en los pasillos y áreas adyacentes a los dormitorios, de manera que los residentes puedan descansar sin molestia alguna. El periodo de descanso comenzará a la 10:00 P.M., momento en que se apagarán las luces en todos los dormitorios. Durante el horario designado para dormir debe imperar el orden y el silencio en las facilidades. d. No se permitirá la presencia de mascotas. e. No se permitirá en las habitaciones, sus armarios o casilleros, o en otras facilidades del Colegio, el almacenamiento de comidas perecederas o imperecederas, excepto en los sitios designados para ello por el Colegio. f. Los dormitorios, baños y áreas de uso estudiantil deberán mantenerse limpias y recogidas, a prueba de inspección en todo momento. Los zapatos o botas se 19 mantendrán debajo de la cama; la ropa y otros efectos personales se mantendrán en los armarios, y la ropa sucia en los bolsos de lavandería. Los bolsos de lavandería deberán ser de color blanco, en tela de algodón. g. Se permitirá el uso del siguiente equipo: computadora, un reloj por cuarto, radios portátiles con audífonos, y dos abanicos de pedestal por cuarto. En el caso de las facilidades en Villalba se permitirán seis abanicos por cada dormitorio. Los (Las) estudiantes no podrán portar o utilizar teléfonos celulares, excepto en los horarios designados por la Sección de Formación y Disciplina. Tampoco podrán utilizar radios portátiles, excepto con audífonos en los dormitorios, equipos de música, juegos o aparatos electrónicos, cámaras fotográficas y de video, televisores y cualquier otro artefacto que afecte el ambiente académico dentro de los predios del Colegio, excepto en las áreas y horarios designados por el Colegio. El personal docente autorizará la utilización de cualquier equipo electrónico que sea necesario para realizar la labor académica. h. Se permitirá el uso de computadoras personales en los salones de clases y las áreas comunes para fines académicos o de recreación siempre que dicho uso cumpla con todas las disposiciones de este Reglamento y de las leyes y reglamentos federales y locales que regulan esta materia, incluyendo lo siguiente: i. Todo programa 0 recurso en los sistemas computadorizados del Colegio es adquirido bajo una licencia O autorización de uso válida a su nombre y no podrán ser instalados, copiados 0 reproducidos, sin la autorización previa y por escrito del (de la) Rector(a); ii. Se prohibe acceder a propiedad intelectual ("copyrighted") que viole los derechos de autor, o utilizar la misma sin el permiso debido del autor, incluyendo el enviar 20 0 transferir mensajes electrónicos, sin permiso de la persona que originalmente los envió. El uso de las computadoras personales estará permitido en las habitaciones hasta las 10:00 P.M., siempre que no interfiera con el sueño de los demás estudiantes que comparten la habitación. i. Sólo se podrá fumar en las áreas y las horas designadas por el Colegio y/o la Sección de Formación y Disciplina. j. No se permitirá el acceso a los pisos y la entrada a las habitaciones de personas externas al Colegio. Se permitirán las visitas de personas externas al Colegio desde las 5:00 p.m. hasta las 9:00 p.m., en el puesto principal de la Sección de Seguridad, previa la autorización de los (las) agentes disciplinarios(as). En situaciones de emergencia, tales como muerte o enfermedad mortal de un familiar, se podrán autorizar visitas fuera de los horarios señalados, siempre y cuando no se interrumpan los trabajos O se limiten los derechos de los demás estudiantes del piso. El (La) estudiante es responsable de la conducta de sus invitados y de los daños que puedan causar durante su visita. En caso de que un estudiante detecte la presencia de una persona externa en las áreas de uso exclusivo de residentes, lo notificará inmediatamente a la Sección de Seguridad para que ésta intervenga y desaloje a la persona. k. Todos(as) los (las) estudiantes estarán obligados a desalojar los dormitorios durante los simulacros o ensayos de desalojo que el Colegio considere necesarios llevar a cabo.
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