Regl. 3137, art. 3 dup2
Aplicabilidad General de las Leyes
Cite as Reglamento Núm. 3137, Art. 3 dup2
Cualquier tenedor de permiso O arrendatario estará sujeto
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a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, según sea
aplicable, irrespectivamente de que ciertas actividades se lleven
a cabo en tierra firme o en las aguas territoriales sobre las
cuales Puerto Rico tiene jurisdicción.