Regl. 7669, art. IV-3.4
Funciones del (de la) Secretario (a)
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Cite as Reglamento Núm. 7669, Art. IV-3.4
El (La) Secretario(a) tendrá los siguientes deberes y facultades:
(a) Redactará las convocatorias a las reuniones de la Directiva y notificará las citaciones.
(b) Redactará las actas de las reuniones de la Directiva en el libro correspondiente.
(c) Certificará conjuntamente con el (la) Presidente(a) las actas de cada reunión.
(d) Expedirá con vista al libro de actas todas las certificaciones que fueren necesarias con
la aprobación del Presidente.
(e) Comunicará a los estudiantes todas las resoluciones adoptadas por la Directiva.
(f) Custodiará a disposición de los estudiantes toda la documentación concerniente a las
reuniones de la Directiva.
(g) Cualquier otra función O atribución que sea de su competencia, por la naturaleza de
su cargo y por asignación de la Directiva.