Regl. 7669, art. VI

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 7669, Art. VI

Los términos de este Reglamento se interpretarán liberalmente para poder llevar a cabo de manera efectiva sus propósitos. Las palabras y frases usadas en el mismo se entenderán de acuerdo al uso general y popular de las voces, excepto que los términos técnicos y las frases usadas en las artes y las ciencias se entenderán según el significado 2 admitido por los peritos 0 maestros en la materia a la cual se refieran. Cuando así lo justifique su uso, se entenderá que toda palabra usada en singular también incluye el plural y viceversa y el masculino incluye el femenino y viceversa. Las palabras utilizadas en el tiempo presente incluyen el tiempo futuro. El término de tiempo dentro del cual debe llevarse a cabo un acto dado, se computará mediante la exclusión del primer día, pero incluyendo el último día; si el último día es sábado, domingo o día feriado, también ese día se excluirá. Para los fines de este Reglamento, las palabras y frases indicadas a continuación tendrán los significados que a su lado se expresan, salvo que del texto se desprenda claramente un significado distinto:
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