Regl. 7673, art. 2 dup3

Notificación Sobre Derecho de Confidencialidad

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Cite as Reglamento Núm. 7673, Art. 2 dup3

1. El Director o el personal que trabaje directamente con el participante en el PAEFI deberá notificarle por escrito y verbalmente al momento de la entrevista inicial sobre su derecho a la confidencialidad. El participante deberá firmar el Formulario DTOP-1110 "Notificación Sobre Derecho a la Confidencialidad" para hacer constar que fue informado. a. Se le informará al participante que cualquier violación a las disposiciones que protegen la confidencialidad es un delito según lo establecen la Ley Número 408, supra y la Ley HIPAA de 1996 ( Health Insurance Portability and Accountability Act) así como también podría conllevar una violación administrativa punible bajo el Reglamento de ASSMCA entre otras disposiciones aplicables. b. Si al momento de recibir los servicios el empleado no puede comunicarse ni comprender la información, la notificación requerida en esta sección será hecha al pariente más cercano y posteriormente al empleado. C. El Director o Profesional del PAEFI evidenciará en un formulario provisto para ese propósito, el contenido de dicha notificación y la fecha y hora en que la misma fue provista. Dicha notificación deberá estar firmada por la persona que recibe.
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