Regl. 7673, art. 2 dup3
Notificación Sobre Derecho de Confidencialidad
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Cite as Reglamento Núm. 7673, Art. 2 dup3
1. El Director o el personal que trabaje directamente con el participante en el
PAEFI deberá notificarle por escrito y verbalmente al momento de la
entrevista inicial sobre su derecho a la confidencialidad. El participante
deberá firmar el Formulario DTOP-1110 "Notificación Sobre Derecho a la
Confidencialidad" para hacer constar que fue informado.
a. Se le informará al participante que cualquier violación a las
disposiciones que protegen la confidencialidad es un delito según lo
establecen la Ley Número 408, supra y la Ley HIPAA de 1996 ( Health
Insurance Portability and Accountability Act) asà como también podrÃa
conllevar una violación administrativa punible bajo el Reglamento de
ASSMCA entre otras disposiciones aplicables.
b. Si al momento de recibir los servicios el empleado no puede
comunicarse ni comprender la información, la notificación requerida en
esta sección será hecha al pariente más cercano y posteriormente al
empleado.
C. El Director o Profesional del PAEFI evidenciará en un formulario
provisto para ese propósito, el contenido de dicha notificación y la
fecha y hora en que la misma fue provista. Dicha notificación deberá
estar firmada por la persona que recibe.