Regl. 7673, art. 8

Junta Asesora

Length: 161 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7673, Art. 8

La Junta Asesora es la responsable de evaluar el funcionamiento del Programa de acuerdo con las disposiciones en el Reglamento y la efectividad del Plan de Trabajo del mismo. La Junta Asesora será designada por la Autoridad Nominadora de acuerdo a la recomendación del Director del Programa. La misma deberá estar compuesta por un (1) Director o representante de Recursos Humanos, Presupuesto y Finanzas, Asesor Legal, el Director del PAEFI y dos (2) representantes de cada grupo sindical. El Director del Programa se encargará de coordinar los trabajos de la Junta Asesora. Los integrantes de la Junta Asesora podrán ser renovados cada dos (2) años o cuando medie justa causa para removerlos antes de este período. La Junta Asesora deberá establecer un itinerario de reuniones como mínimo cada tres (3) meses o cuando sea necesario de las cuales se establezcan minutas y se distribuyan tareas entre sus miembros. Los mismos deberán mantener la confidencialidad y rendir informes a la Autoridad Nominadora.
Regl. 7673, art. 8: Junta Asesora | Justis AI