Regl. 7673, art. III
BASE LEGAL
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Cite as Reglamento Núm. 7673, Art. III
Ley Número 167 del 11 de agosto de 2002, según enmendada, conocida como
"Ley para crear en las Dependencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
programas de ayuda al empleado; facultar a la Administración de Servicios de Salud
Mental y Contra la Adicción a ofrecer asesoramiento a las Agencias Ejecutivas,
Gobiernos Municipales y las Empresas Privadas que así lo soliciten" se crea ante la
necesidad del gobierno de Puerto Rico de establecer una política pública que velará
por la salud integral de los servidores públicos y sus familias mediante la prestación de
servicios de ayuda aumentando así la productividad y el buen funcionamiento de los
empleados. De acuerdo con esta Ley se establece como política pública el "velar por la
salud integral del servidor público y su familia, aumentar su productividad y ofrecer
servicios de excelencia a la ciudadanía de nuestra Isla". Es por esto, que se crean los
Programas de Ayuda al Empleado como una alternativa costo efectiva para manejar las
situaciones difíciles que pueda presentar un empleado que a su vez repercutan en una
merma en su ejecución y desempeño y por consiguiente en la desestabilización de los
servicios que ofrece la Agencia. Posteriormente, la Ley Número 140 del 1 de octubre
de 2007, según enmendada, conocida como "Ley para enmendar los Artículos 1, 2, 3,
4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 de la Ley Núm. 167 de 11 de agosto de 2002, que
dispone para la creación de "Programas de Ayuda al Empleado (PAE) en las
dependencias del Estado Libre Asociado", a los fines de precisar y ampliar los referidos
Programas para que incluyan expresamente a la familia inmediata de éste; establecer
el alcance del concepto familia inmediata; y atemperar dicha Ley a la actualidad,
sustituyendo la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y Administración de
Recursos Humanos, "OCALARH", por la Oficina de Recursos Humanos del Estado
Libre Asociado, "ORHELA", aunando esfuerzos en el objetivo de velar por el bienestar
familiar extiende los servicios del PAE a la familia inmediata del servidor público.
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Establece lo siguiente: "para efectos de esta Ley, la familia inmediata del empleado se
compondrá de su cónyuge e hijos menores de 21 años, dependientes del servidor
público y que cohabiten con éste"; Reglamento Número 7312 del 6 de marzo de 2007
"Reglamento para Implantar los Programas de Ayuda al Empleado", administrado por la
Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) y la Ley
Número 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme".