Regl. 7673, art. VI-VII

APLICABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 7673, Art. VI-VII

El Programa de Ayuda al Empleado y su Familia Inmediata (PAEFI) y los servicios que ofrece serán aplicables a los empleados del servicio de carrera, de confianza, transitorio e irregular. Además el servicio del Programa se extiende a la familia inmediata del empleado entiéndase, su cónyuge o pareja consensual e hijos menores de veintiún (21) años o hijos de crianza, dependientes de éste y que cohabiten con él. En el caso de parejas consensuales e hijos de crianza deberán estar cohabitando con el empleado por lo menos un (1) año antes de la solicitud, siempre que muestre prueba fehaciente de este hecho mediante declaración jurada.
Regl. 7673, art. VI-VII: APLICABILIDAD | Justis AI