Regl. 7686, art. C-X
Suspensión, Revocación o Cancelación de Licencias
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Cite as Reglamento Núm. 7686, Art. C-X
La Comisión de Seguridad tendrá el derecho de suspender, revocar, O cancelar cualquier
licencia por violaciones a este Reglamento, bajo los siguientes fundamentos sin ser el siguiente
listado uno taxativo;
1. Convicciones por delitos graves.
2. Convicciones por delitos menos graves que impliquen depravación moral.
3. Arrojar resultados positivos a sustancias controladas.
4. Participantes que arrojen resultados positivos a VIH O Hepatitis C.
5. Por cualquier tipo de agresión intencional a cualquier funcionario del Departamento.
6. Violación a las condiciones de la licencia según establecidas en este reglamento o
la ley.
7. Los fundamentos antes expuestos no constituye ni se interpretará como una lista
taxativa de las razones por las cuales pudiera suspenderse, revocarse O cancelarse
una licencia O endoso.