Regl. 7686, art. C-X

Suspensión, Revocación o Cancelación de Licencias

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Cite as Reglamento Núm. 7686, Art. C-X

La Comisión de Seguridad tendrá el derecho de suspender, revocar, O cancelar cualquier licencia por violaciones a este Reglamento, bajo los siguientes fundamentos sin ser el siguiente listado uno taxativo; 1. Convicciones por delitos graves. 2. Convicciones por delitos menos graves que impliquen depravación moral. 3. Arrojar resultados positivos a sustancias controladas. 4. Participantes que arrojen resultados positivos a VIH O Hepatitis C. 5. Por cualquier tipo de agresión intencional a cualquier funcionario del Departamento. 6. Violación a las condiciones de la licencia según establecidas en este reglamento o la ley. 7. Los fundamentos antes expuestos no constituye ni se interpretará como una lista taxativa de las razones por las cuales pudiera suspenderse, revocarse O cancelarse una licencia O endoso.
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