Regl. 7699, art. 4
Nuevo Reglamento de Reserva de Hipotecas Aseguradas
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Cite as Reglamento Núm. 7699, Art. 4
Las entidades que soliciten ser aceptadas como Aseguradas, cumplirán
con los siguientes requisitos:
1.
Ser una entidad financiera autorizada a hacer negocios con arreglo a las leyes
de Puerto Rico.
2.
Que la carta constitutiva, los artÃculos de incorporación o los reglamentos
internos de la entidad la autoricen expresamente a conceder préstamos
hipotecarios.
3.
Que tenga en funciones una unidad de servicios de cobros aceptable para la
Autoridad.
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4.
Que posea y mantenga un capital pagado por una suma no menor de $500,000.
5.
Y que cumpla con cualesquiera otros requisitos que la Autoridad establezca de
tiempo en tiempo.