Regl. 3137, art. 5 dup18
Delegación de la Autoridad del Secretario
Cite as Reglamento Núm. 3137, Art. 5 dup18
El Secretario podrá nombrar un agente bajo tal tÃtulo que desee y podrá delegar a dicho agente O agentes la autoridad
para efectuar todos O cada uno de los actos autorizados por la Ley
de Minas para ser ejecutados por el Secretario.