Regl. 7713, art. 12-19
Normas de Interpretación
Cite as Reglamento Núm. 7713, Art. 12-19
1. Este Reglamento se interpretará liberalmente a favor de la
autoridad del Subordenador para Reglamentar la Industria de Huevos a los
efectos de poner en vigor la política pública y los fines de sus artículos.
2. De conformidad, podrá el Subordenador promulgar y adoptar los
planes y medidas necesarios para hacer frente a las variaciones y condiciones
cambiantes de la Industria, todo ello con el propósito de proteger el interés
general y la política pública.