Regl. 7713, art. 4
Oficina Para La Reglamentación y Promoción de la Industria
Cite as Reglamento Núm. 7713, Art. 4
de Huevos
1. Se crea en el Departamento de Agricultura de Puerto Rico la
Oficina para la Reglamentación y Promoción de la Industria de Huevos de
Puerto Rico, la cual tendrá, entre otras funciones dispuestas en la Ley y este
Reglamento, la responsabilidad de adoptar y poner en vigor programas y
medidas orientadas a propiciar el desarrollo de una industria huevos próspera,
asà como ordenar y organizar las diferentes situaciones 0 problemas
relacionados con la producción, elaboración, promoción, distribución y venta de
huevos.
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2. La Oficina para la Reglamentación y Promoción de la Industria de
Huevos estará adscrita a la Oficina de Ordenamiento de las Industrias
Agropecuarias, cuya operación será financiada con cargos a los recursos
provistos en el presupuesto consolidado del Departamento de Agricultura, asÃ
como del Fondo para el Fomento de la Industria de Huevos en Puerto Rico,
sujeto a lo dispuesto a los efectos en la Ley 238 y en este reglamento.