Regl. 7713, art. 4

Oficina Para La Reglamentación y Promoción de la Industria

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Cite as Reglamento Núm. 7713, Art. 4

de Huevos 1. Se crea en el Departamento de Agricultura de Puerto Rico la Oficina para la Reglamentación y Promoción de la Industria de Huevos de Puerto Rico, la cual tendrá, entre otras funciones dispuestas en la Ley y este Reglamento, la responsabilidad de adoptar y poner en vigor programas y medidas orientadas a propiciar el desarrollo de una industria huevos próspera, así como ordenar y organizar las diferentes situaciones 0 problemas relacionados con la producción, elaboración, promoción, distribución y venta de huevos. 3 2. La Oficina para la Reglamentación y Promoción de la Industria de Huevos estará adscrita a la Oficina de Ordenamiento de las Industrias Agropecuarias, cuya operación será financiada con cargos a los recursos provistos en el presupuesto consolidado del Departamento de Agricultura, así como del Fondo para el Fomento de la Industria de Huevos en Puerto Rico, sujeto a lo dispuesto a los efectos en la Ley 238 y en este reglamento.
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