Regl. 7714, art. I-VII dup2
PROCEDIMIENTO ADJUDICATIVO
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El solicitante 0 participante perjudicado por la determinación y adjudicación de la
Administración, podrá presentar una querella, solicitud 0 petición en la Oficina Central de la
Administración, sus Oficinas Regionales o Centro de Gestión Única, según lo dispuesto en el
Reglamento para Regular en Forma Uniforme un Procedimiento de Adjudicación
Controversias Administrativas de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario,
D.E. Reglamento Núm. 3802 (7 de febrero de 1989), según enmendado.