Regl. 7714, art. I-X
CERTIORARI
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Cite as Reglamento Núm. 7714, Art. I-X
Cualquier parte adversamente afectada por la Resolución del Tribunal de Apelaciones podrá
solicitar la revisión de la misma mediante la presentación de un recurso de certiorari ante el
Tribunal Supremo en el término jurisdiccional de treinta (30) dÃas desde el archivo en autos
de la notificación de la sentencia del Tribunal de Apelaciones o de la resolución de éste
resolviendo una moción de reconsideración debidamente presentada.