Regl. 7717, art. 15.02

Reglamento de la Junta Examinadora de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico. ANULA 4378

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Cite as Reglamento Núm. 7717, Art. 15.02

CAAPPR: El CAAPPR establecerá, mediante Reglamento interno, los procedimientos y requisitos para la revisión de sus determinaciones como parte de su Reglamento de educación continuada.
Regl. 7717, art. 15.02: Reglamento de la Junta Examinadora de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico. ANULA 4378 | Justis AI