Regl. 7717, art. 3.15
Reglamento de la Junta Examinadora de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico. ANULA 4378
Length: 39 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7717, Art. 3.15
Entidad Afiliada:
Organización pública o privada que ha sido reconocida como afiliada por
el CAAPPR O la Junta Examinadora y cuyas actividades de educación
continuada son acreditadas automáticamente como válidas para cumplir
con los requisitos establecidos por este Reglamento.