Regl. 7717, art. 3.19
Reglamento de la Junta Examinadora de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico. ANULA 4378
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Cite as Reglamento Núm. 7717, Art. 3.19
Acreditación:
Sistema utilizado por el programa de educación continuada para acreditar
y certificar en un archivo fehaciente el hecho de que el participante
completo satisfactoriamente el curso para el cual se le otorgan las horas
contacto.