Regl. 7717, art. 4.07
Reglamento de la Junta Examinadora de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico. ANULA 4378
Length: 46 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7717, Art. 4.07
Verificación de expediente:
Será responsabilidad de todo profesional cubierto por este Reglamento
verificar los requisitos de horas contacto que tenga registradas en la
Comisión Revisora de Educación Continuada del CAAPPR antes de
someter a la Junta Examinadora su documentación para la renovación del
certificado o licencia.