Regl. 3137, art. 8 dup13

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Cite as Reglamento Núm. 3137, Art. 8 dup13

Los encintados, las cunetas y los drenajes deberán ser construídos y mantenidos en buenas condiciones en toda área de cubierta en la manera que fuere necesaria para recoger todos los contaminantes, a menos que bateas de goteo O su equivalente, sean mantenidas bajo el equipo y que tengan conductos hacia un poceto en el cual se mantendrá el nivel de aceite automáticamente de suerte que se evite la descarga de aceite a las aguas del mar. Métodos alternos que logren el mismo propósito, podrían ser aprobados por el Secretario. Estos sistemas no deberán permitir que aceite derramado llegue al área del cabezal, ni a la plataforma O al atracadero.
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