Regl. 7727, art. XXII-IX
FUNCIONARIO FACULTADO PARA DETERMINAR LA
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Cite as Reglamento Núm. 7727, Art. XXII-IX
HABILITACIÓN
El Director es el funcionario que decidirá sobre la habilitación de personas consideradas como
inelegibles para el servicio público, tomando en consideración los informes que le sean
sometidos por la Junta creada por este Reglamento bajo el ArtÃculo X. No obstante, la
determinación del Director no estará sujeta a la recomendación de la Junta, pudiendo ejercer éste
su discreción.