Regl. 7730, art. IX dup2
- Evaluación de las Propuestas
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Cite as Reglamento Núm. 7730, Art. IX dup2
La evaluación y determinación final de cada propuesta será realizada por el Comité. Las
determinaciones se harán por mayorÃa de votos. El Secretario Ejecutivo mantendrá un archivo de
las propuestas evaluadas y las determinaciones llegadas por el Comité. Se notificará al
proponente la determinación que tome el Comité y las condiciones que establezca.