Regl. 7730, art. X dup2

- Administración de las Propuestas

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Cite as Reglamento Núm. 7730, Art. X dup2

Las propuestas aprobadas serán financiadas para el año fiscal que comience el 1 de julio de cada año. Los fondos de investigación estarán disponible a la institución una vez aprobada la propuesta y completado el trámite de documentación correspondiente. Cada investigador principal deberá someter un informe de progreso al cabo de seis meses de comenzar el proyecto y un informe anual al cumplir el primer año. Estos informes deberán estar 6 acompañados de una certificación de gastos preparado por la Oficina de Finanzas de la Estación Experimental Agrícola. Es responsabilidad del investigador principal, contar con todos los permisos de uso de los laboratorios donde se realizarán análisis correspondientes a los objetivos del proyecto. Además, los protocolos de investigación deberán ser evaluados y aprobados por los comités institucionales de uso de animales y de bioseguridad. Aquel proyecto que no cumpla con estas directrices y/o haya incurrido en alguna violación de las leyes estatales y federales será terminado mediante una comunicación escrita del Director Ejecutivo del Comité al investigador principal.
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