Regl. 7730, art. X dup2
- Administración de las Propuestas
Length: 168 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7730, Art. X dup2
Las propuestas aprobadas serán financiadas para el año fiscal que comience el 1 de julio
de cada año. Los fondos de investigación estarán disponible a la institución una vez aprobada la
propuesta y completado el trámite de documentación correspondiente.
Cada investigador principal deberá someter un informe de progreso al cabo de seis meses de
comenzar el proyecto y un informe anual al cumplir el primer año. Estos informes deberán estar
6
acompañados de una certificación de gastos preparado por la Oficina de Finanzas de la Estación
Experimental AgrÃcola.
Es responsabilidad del investigador principal, contar con todos los permisos de uso de los
laboratorios donde se realizarán análisis correspondientes a los objetivos del proyecto. Además,
los protocolos de investigación deberán ser evaluados y aprobados por los comités institucionales
de uso de animales y de bioseguridad.
Aquel proyecto que no cumpla con estas directrices y/o haya incurrido en alguna violación de las
leyes estatales y federales será terminado mediante una comunicación escrita del Director
Ejecutivo del Comité al investigador principal.