Regl. 7731, art. VIII dup2
RECAUDACIONES Y DEPÓSITOS
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Cite as Reglamento Núm. 7731, Art. VIII dup2
Los Recaudadores oficialmente designados podrán recaudar fondos públicos
para cualquiera de las áreas o programas de ASDA, aunque estén asignados a
una oficina en particular.
Se regirán por las Normas para la Recaudación, Depósito, Control y
Contabilidad de Fondos Públicos establecidas en la Agencia.