Regl. 7733, art. 2.11

Evaluación del estudiante

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Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 2.11

El estudiante tiene derecho a que su trabajo académico sea evaluado en forma justa y objetiva y a que su calificación esté fundamentada solo en consideraciones relativas a la evaluación de su quehacer académico. Dicha evaluación deberá estar accesible al estudiante en un plazo de tiempo razonable que deberá establecer la unidad institucional.
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