Regl. 7733, art. 2.21
Organizaciones estudiantiles
Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 2.21
Las organizaciones estudiantiles son organismos indispensables para el desarrollo
de una vida estudiantil activa y vigorosa. Por ello, la Universidad estimulará su existencia
y tomará medidas para viabilizar el reconocimiento de las mismas.