Regl. 7733, art. 2.21

Organizaciones estudiantiles

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Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 2.21

Las organizaciones estudiantiles son organismos indispensables para el desarrollo de una vida estudiantil activa y vigorosa. Por ello, la Universidad estimulará su existencia y tomará medidas para viabilizar el reconocimiento de las mismas.
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