Regl. 7733, art. 2.26
Reclamos de derechos a través de representación estudiantil
Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 2.26
Los cuerpos de gobierno estudiantil y las instancias representativas reconocidas en
este Reglamento podrán reclamar derechos para sí y a favor de sus representados,
independientemente de los que puedan reclamar los estudiantes individualmente. Los
derechos de los referidos cuerpos incluyen, entre otros, el derecho a evaluar los servicios
que ofrece la Institución, así como la formulación de recomendaciones y la participación
en la toma de decisiones para el mejoramiento del currículo universitario.