Regl. 7733, art. 2.27
Participación en organismos universitarios
Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 2.27
La Universidad respetará y propiciará la participación activa y responsable de los
estudiantes en todos los órganos de gobierno universitario en los cuales cuenta con
CERTIFICACIÓN NÚM. 13 2009-2010
Página 11 de 33
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIANTES U.P.R.
representación, como parte de su formación integral, en armonía con la misión social y
académica de la Universidad de Puerto Rico.