Regl. 7733, art. 2.29
Participación en procesos eleccionarios
Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 2.29
El estudiante tiene libertad plena de participar en los procesos eleccionarios para la
selección de sus representantes en los Consejos Estudiantiles; de velar porque el
desempeño de sus representantes sea cónsono con los fines y propósitos de la
representación estudiantil; así como de participar activamente en las actividades que
organicen sus representantes con miras a lograr la mejor representación estudiantil.