Regl. 7733, art. 2.4 dup2

Políticas contra hostigamiento sexual y el uso ilícito de drogas,

Last amended: 2010Length: 125 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 2.4 dup2

sustancias controladas y abuso del alcohol Todos los componentes de la comunidad universitaria tienen el deber de observar una conducta apropiada y respetuosa hacia las demás personas. Cónsono con este principio y con las leyes y políticas aplicables, no se tolerará en esta Institución el maltrato físico, verbal o psicológico, ni el hostigamiento sexual proveniente de miembro alguno de la comunidad universitaria o de la comunidad externa. De igual modo, es política de la Universidad promover un ambiente libre del uso ilícito de drogas, sustancias controladas y abuso del alcohol. La consecución de lo anterior se realizará a través de la educación y del cumplimiento estricto y vigoroso de la ley, los reglamentos, las políticas y los procedimientos adoptados por la Universidad para cada caso.
Regl. 7733, art. 2.4 dup2: Políticas contra hostigamiento sexual y el uso ilícito de drogas, | Justis AI