Regl. 7733, art. 2.5 dup2

Expedientes de estudiantes

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Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 2.5 dup2

Los expedientes académicos y disciplinarios de los estudiantes se mantendrán separadamente. La información relativa a estos expedientes disciplinarios no estará disponible para el uso de personas no autorizadas en la Universidad o fuera de esta sin el consentimiento del estudiante, salvo bajo dictamen judicial 0 requisito de ley. El estudiante tiene derecho a obtener copias de sus expedientes académico y disciplinario y debe ser CERTIFICACIÓN NÚM. 13 2009-2010 Página 4 de 33 REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIANTES U.P.R. informado sobre cualquier cambio en el contenido sustantivo de los mismos, de acuerdo con los procedimientos establecidos en las normas y reglamentos universitarios. Las autoridades universitarias no prepararán expedientes de estudiantes para propósitos que no sean los expresamente autorizados por la ley y reglamentación aplicables y nunca podrá realizarse en menoscabo de los derechos civiles de los estudiantes ni de los derechos reconocidos en este Reglamento. Se consignan estas normas sin menoscabo de aquella legislación y reglamentación federal o estatal que proteja la información contenida en los expedientes de los estudiantes. PARTE B - ASPECTOS ACADÉMICOS
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