Regl. 7733, art. 3.5
Funcionamiento interno
Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 3.5
Los consejos de estudiantes gozarán de autonomÃa en el manejo de sus asuntos
internos, en todo aquello que no esté regulado por, ni sea incompatible con, este
Reglamento o el reglamento de estudiantes de la unidad institucional correspondiente.
Cónsono con esto se reconoce la autonomÃa de los consejos para reglamentarse y
estructurar su composición interna, en armonÃa con las normas y polÃticas de la
Universidad y en formas que protejan plenamente los derechos y prerrogativas de cada uno
de sus miembros.
CERTIFICACIÓN NÚM. 13 2009-2010
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REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIANTES U.P.R.
Se reconoce la capacidad de los consejos para administrar los fondos que se les
asignen para ejercer sus atribuciones y cumplir sus responsabilidades. Para esos fines,
podrán configurar su presupuesto de acuerdo con su reglamentación interna. Asimismo,
podrán utilizar sus materiales, equipos e instalaciones según se estipule en sus normas
internas. Esto no los eximirá de cumplir con las leyes, normas y polÃticas de la Universidad
respecto al manejo de fondos y propiedad pública, incluyendo los procesos de auditorÃa
interna.