Regl. 7733, art. 4.1 dup2

Política de participación estudiantil

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Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 4.1 dup2

El Artículo 10 de la Ley de la Universidad de Puerto Rico extiende a los estudiantes el derecho a participar efectivamente en la vida de la comunidad académica, con todos los deberes de responsabilidad moral e intelectual a que ella por su naturaleza obliga. Este Reglamento concede participación estudiantil con derecho a VOZ y voto en los organismos y dependencias universitarias como se dispone a continuación. En virtud de lo anterior la Universidad de Puerto Rico reconoce la importancia de la participación estudiantil en el gobierno institucional. La labor de los representantes estudiantiles en las diversas instancias de dicho gobierno contribuye positivamente a las decisiones institucionales y constituye una excelente oportunidad formativa para los estudiantes. CERTIFICACIÓN NÚM. 13 2009-2010 Página 16 de 33 REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIANTES U.P.R. PARTE B NIVELES DE PARTICIPACIÓN
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