Regl. 7733, art. 6.30

Requisitos de solicitud

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Cite as Reglamento Núm. 7733, Art. 6.30

Un estudiante que haya sido objeto de una expulsión de la Universidad podrá solicitar el levantamiento de la sanción disciplinaria solamente en la misma unidad institucional en que se originó dicha sanción. Además, deberá satisfacer las siguientes condiciones: 1. Solicitar readmisión en la misma unidad en que cursaba estudios al menos cuatro (4) años después de la expulsión. 2. Presentar evidencia de que merece se levante la expulsión y de que la situación que provocó la expulsión ya no está presente. 3. Comprometerse por escrito, a observar fielmente las normas de conducta de este Reglamento. CERTIFICACIÓN NÚM. 13 2009-2010 Página 32 de 33 REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIANTES U.P.R. 4. Certificar que no ha presentado una solicitud de readmisión en ninguna otra unidad institucional.
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