Regl. 3139, art. 20-11
UBICACIONES CLASIFICADAS PELIGROSAS
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Cite as Reglamento Núm. 3139, Art. 20-11
11.1 Para poder garantizar que en una ubicación O localización
peligrosa se elimine O se minimice el riesgo de fuego O
explosión, hay que hacer las instalaciones eléctricas con
métodos adecuados y usar los equipos eléctricos especialmente
para una localización peligrosa dada, por lo que es de suma
importancia el saber la clasificación de los lugares peligrosos.
11.2 Cada local, sección O área se deberá considerar individualmente para determinar su clasificación.
11.3 Una localización peligrosa se clasifica en tres categorías, a
saber:
(1) Lugares Clase I: Localización donde hay o pueden estar
presentes materiales combustibles de forma líquida, gas
O vapor en cantidades suficientes para producir mezclas
explosivas o inflamables.
(2) Lugares Clase II: Localización donde hay polvos combustibles en la atmósfera que puedan alcanzar concentraciones explosivas.
(3) Lugares Clase III: Localización donde hay la presencia
de fibras O volantes fácilmente inflamables, pero que no
sea posible que tales fibras y volantes se mantengan en
suspensión en el aire en cantidades suficientes para
producir mezclas inflamables.
11.4 Grupos:
(1) Debido a que las características explosivas de aire con
gases, vapores O polvos combustibles varían con el
material envuelto, éstos se han separado en Grupos A, B,
C y D para los lugares Clase I, y en Grupos E, F, y G
para los lugares Clase II.
(2) La clasificación de una mezcla peligrosa en lugares
Clase I, Grupos A, B, C y D envuelve la determinación de
la presión máxima de la explosión, la separación máxima
segura entre partes de una unión con abrazaderas a un
gabinete y la temperatura mínima de ignición de la mezcla
atmosférica.
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(3) La clasificación de una mezcla peligrosa en un lugar
Clase II, Grupo E, F y G envuelve el ajuste de las
uniones de ensamblaje y las aberturas para ejes con el
propósito de evitar la entrada de polvo en los gabinetes
a prueba de ignición de polvo y evitar el efecto aislante de las capas de polvo en el equipo que pudieran
causar sobrecalentamiento, la conductividad eléctrica
del polvo y la temperatura de ignición del mismo.
(4) Es necesario que el equipo a usarse sea aprobado no solo
para la ubicación sino también para el grupo específico
de gas, vapor o polvo que vaya a estar presente.
(5) Las sustancias químicas por grupo para A, B, C y D aparecen en la Tabla 500-2 del Código Eléctrico de Puerto
Rico. Para los grupos E, F, y G, véase la Sección 500-2
del Código de Puerto Rico.
11.5 Los siguientes Artículos del Código Eléctrico de Puerto Rico
cubren ubicaciones O lugares peligrosos:
(1) Lugares Peligrosos Clasificados