Regl. 3139, art. 20-11

UBICACIONES CLASIFICADAS PELIGROSAS

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Cite as Reglamento Núm. 3139, Art. 20-11

11.1 Para poder garantizar que en una ubicación O localización peligrosa se elimine O se minimice el riesgo de fuego O explosión, hay que hacer las instalaciones eléctricas con métodos adecuados y usar los equipos eléctricos especialmente para una localización peligrosa dada, por lo que es de suma importancia el saber la clasificación de los lugares peligrosos. 11.2 Cada local, sección O área se deberá considerar individualmente para determinar su clasificación. 11.3 Una localización peligrosa se clasifica en tres categorías, a saber: (1) Lugares Clase I: Localización donde hay o pueden estar presentes materiales combustibles de forma líquida, gas O vapor en cantidades suficientes para producir mezclas explosivas o inflamables. (2) Lugares Clase II: Localización donde hay polvos combustibles en la atmósfera que puedan alcanzar concentraciones explosivas. (3) Lugares Clase III: Localización donde hay la presencia de fibras O volantes fácilmente inflamables, pero que no sea posible que tales fibras y volantes se mantengan en suspensión en el aire en cantidades suficientes para producir mezclas inflamables. 11.4 Grupos: (1) Debido a que las características explosivas de aire con gases, vapores O polvos combustibles varían con el material envuelto, éstos se han separado en Grupos A, B, C y D para los lugares Clase I, y en Grupos E, F, y G para los lugares Clase II. (2) La clasificación de una mezcla peligrosa en lugares Clase I, Grupos A, B, C y D envuelve la determinación de la presión máxima de la explosión, la separación máxima segura entre partes de una unión con abrazaderas a un gabinete y la temperatura mínima de ignición de la mezcla atmosférica. -60- (3) La clasificación de una mezcla peligrosa en un lugar Clase II, Grupo E, F y G envuelve el ajuste de las uniones de ensamblaje y las aberturas para ejes con el propósito de evitar la entrada de polvo en los gabinetes a prueba de ignición de polvo y evitar el efecto aislante de las capas de polvo en el equipo que pudieran causar sobrecalentamiento, la conductividad eléctrica del polvo y la temperatura de ignición del mismo. (4) Es necesario que el equipo a usarse sea aprobado no solo para la ubicación sino también para el grupo específico de gas, vapor o polvo que vaya a estar presente. (5) Las sustancias químicas por grupo para A, B, C y D aparecen en la Tabla 500-2 del Código Eléctrico de Puerto Rico. Para los grupos E, F, y G, véase la Sección 500-2 del Código de Puerto Rico. 11.5 Los siguientes Artículos del Código Eléctrico de Puerto Rico cubren ubicaciones O lugares peligrosos: (1) Lugares Peligrosos Clasificados
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