Regl. 7754, art. V
ENMIENDAS
Cite as Reglamento Núm. 7754, Art. V
Se enmiendan los Artículos II, V, VI (13) y IX (c) del Reglamento Número 7700,
según se detalla a continuación:
1.
Se enmienda el segundo párrafo del Artículo II "Introducción", a los fines
de eliminar la referencia a que la Ley Número 12, supra, enmienda la Ley
Número 22 del 7 de enero de 2000, Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto
Rico, así como el cuarto párrafo del mismo artículo para ampliar el
término de vigencia del incentivo hasta el 31 de octubre de 2009. Después
de las enmiendas debe leer: