Regl. 7768, art. IX-9.02
Denegatoria de Intervención
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Cite as Reglamento Núm. 7768, Art. IX-9.02
El/la Oficial Examinador/a deberá examinar toda solicitud de intervención y emitir una
breve recomendación fundamentada por escrito. El/la Presidente/a Ejecutivo/a deberá examinar la
recomendación del/la Oficial Examinador/a y emitir una Resolución. Si decide denegar la solicitud
de intervención, la Resolución notificará a la parte peticionaria los fundamentos y el recurso de
revisión disponible ante la Junta de Directores de la Corporación.
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