Regl. 7768, art. IX-9.02

Denegatoria de Intervención

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Cite as Reglamento Núm. 7768, Art. IX-9.02

El/la Oficial Examinador/a deberá examinar toda solicitud de intervención y emitir una breve recomendación fundamentada por escrito. El/la Presidente/a Ejecutivo/a deberá examinar la recomendación del/la Oficial Examinador/a y emitir una Resolución. Si decide denegar la solicitud de intervención, la Resolución notificará a la parte peticionaria los fundamentos y el recurso de revisión disponible ante la Junta de Directores de la Corporación. 27
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