Regl. 7768, art. V-5.04
Denegatoria de Prórroga
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Cite as Reglamento Núm. 7768, Art. V-5.04
No se concederá prórroga alguna si se ha solicitado fuera del término para cumplir con la
acción correctiva ordenada. Tampoco se concederá en aquellos casos en que el/la solicitante no
acompañe evidencia acreditativa y fehaciente de haber iniciado ya el procedimiento de corrección
de las acciones u omisiones señaladas.
Si el/la Presidente/a Ejecutivo/a determina que tales actuaciones no subsanan la acción u
omisión que dio lugar a la reclamación, le concederá a la parte querellada un término final para
que las subsane.
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