Regl. 7768, art. XVIII-18.07
Agotamiento de Remedios
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Cite as Reglamento Núm. 7768, Art. XVIII-18.07
Para propósitos de una revisión judicial, la determinación final de la Corporación es la
resolución final que emite la Junta de Directores. Los procedimientos adjudicativos ante la
Corporación se extenderán por un perÃodo no mayor de seis (6) meses, salvo por justa causa.
Este término de seis (6) meses no es de carácter jurisdiccional sino directivo.