Regl. 7768, art. XVII-17.01
Informe y Recomendaciones del/la Oficial Examinador/a
Length: 121 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7768, Art. XVII-17.01
En un término de sesenta (60) dÃas desde que la prueba haya quedado sometida, el/la
Oficial Examinador/a rendirá su informe de recomendación y determinaciones de hechos y
conclusiones de derecho. En el informe se consignarán recomendaciones para la disposición final
del caso, tales como imposición de sanciones y/o acción correctiva en caso de que se haya
determinado violación de ley. Dichas recomendaciones deberán expresarse detalladamente en
cuanto a su extensión y alcance.
El/la Oficial Examinador/a podrá solicitar a una 0 ambas partes la redacción de un
proyecto de determinaciones de hechos y conclusiones de derecho. Tal proyecto, de utilizarse, no
será de ningún modo vinculante para el/la Oficial Examinador/a, sino que podrá utilizarse de guÃa
en la redacción del Informe.
39