Regl. 7768, art. XX-20.02
Funciones Generales del/la Secretario/a
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Cite as Reglamento Núm. 7768, Art. XX-20.02
El/la Secretario/a 0 su representante autorizado/a tendrá, entre otras, las siguientes
facultades y deberes:
1. Recibirá y timbrará las querellas de acuerdo a lo establecido en este Reglamento y
notificará las mismas.
2. Dará fe de la autenticidad de los documentos que obren en los autos de la Secretaría.
3. Será responsable de hacer todas las notificaciones que le correspondan y archivar en
autos el original de las mismas.
4. Mantendrá bajo su control y supervisión todos los expedientes oficiales y cintas
magnetofónicas relacionadas con las vistas.
5. Guardar discreción en torno a los procedimientos que se conduzcan en su presencia y
con su participación.