Regl. 7783, art. III-3
Función del Secretario de la Junta de Subastas
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Cite as Reglamento Núm. 7783, Art. III-3
1. Será responsable de estar presente en dicho acto y será el encargado de los
procedimientos durante el mismo.
2. Será responsable de declarar abierta la subasta a la hora, fecha y lugar,
indicados en la convocatoria de subasta, y anunciará a las personas
presentes lo siguiente:
a. El número de la subasta cuyas ofertas se van a abrir.
b. El asunto de la subasta.
C. La identificación de las personas que están representando a los
licitadores
3. Procederá a leer el remitente de cada uno de los sobres y los cotejará
contra la lista de los sobres recibidos. Procederá a abrir los sobres de ofertas
en presencia de todos los asistentes y leerá de cada una de las ofertas por
partida la siguiente información:
a. Número de la partida para la cual ha ofrecido la cotización.
b. Precio ofrecido por partida.
C. Fecha de entrega ofrecida, si procede.
d. Marca y modelo ofrecido, si procede.
5. Verificará que las ofertas hayan cumplido con toda la documentación
solicitada como requisito.
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a. Cualquier asistente a los actos de apertura podrá examinar, en
presencia del Presidente y el Secretario de la Junta, cualquier
documento relacionado con las ofertas sometidas por los
licitadores, posterior a que la subasta haya sido abierta, leÃda y
aceptada oficialmente. El Secretario de la Junta, determinará la
forma y manera en que los interesados podrán examinar la
información, sin que se afecte la continuidad del proceso.
b. Una vez todos los asistentes al Acto (que hubieren sido parte de
la competencia en la subasta) hayan examinado las ofertas, el
Secretario de la Junta dará por cerrado el mismo, indicando la
hora de cierre.
6. Con posterioridad al Acto de Apertura, el Secretario de la Junta vendrá
obligado a hacer lo siguiente:
a. Mantendrá un registro de toda incidencia en el Acta de Apertura.
b. El Acta deberá estar redactada no más tarde de veinticuatro (24)
horas después del Acto de Apertura y deberá contener lo siguiente:
1. Número y asunto de la subasta.
2. Fecha, hora y lugar de la apertura.
3. Número de ofertas recibidas.
4. Nombre de los licitadores que cotizaron para una o más
partidas y nombre de los que asistieron y no cotizaron.
5. Copia del Registro de Asistencia.
6. Certificación de la persona que tuvo a su cargo el acto, a
los efectos de que la información leÃda públicamente fue
aquella requerida por este Reglamento.
7. La persona que haya tenido a su cargo el Acto de Apertura anotará sus
iniciales en cada una de las ofertas. El Acta formará parte del expediente.
Cualquier incidente durante el proceso de celebración de Subastas en
relación a cualquier especificación, condición u otro asunto será
responsabilidad darlo a conocer por escrito y deberá quedar plasmado en
la misma acta, la cual formará parte del expediente de la subasta.
8. El Acta de Apertura será firmada por la persona que tuvo a su cargo el
proceso de subasta.
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9. Si se hubieran grabado las incidencias del Proceso de Subasta, se
conservará intacta e identificada la cinta y bajo la custodia del Secretario de
la Junta, por un periodo máximo de seis (6) meses.
10. Toda información relacionada con una subasta será retenida por el
Departamento y formará parte del expediente de la compra.
11. El Secretario de la Junta no permitirá, bajo ninguna circunstancia, efectuar
cambios o modificaciones a una oferta después de haber sido abierta y
leÃda.