Regl. 7783, art. II-5

Delegación de Funciones y Deberes del Oficial Comprador

Length: 308 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7783, Art. II-5

El Oficial Comprador es la persona que dirige y supervisa la Sección de Compras del Departamento, bajo las disposiciones de este Reglamento. Además, es el encargado de realizar, coordinar y supervisar las compras de bienes, obras y servicios del área peticionaria del Departamento y a esos efectos tendrá las siguientes funciones y deberes: 1. Velará porque se adquiera la cantidad y calidad solicitada. 2. Presentará las correcciones o recomendaciones pertinentes a cada caso con el fin de que se adquieran los bienes o servicios, al menor precio y 11 en la forma más conveniente, según las experiencias generales y particulares de los usuarios. 3. Preparará informes mensualmente con el fin de mantener al Secretario Auxiliar de Administración y a la División de Servicios Generales, informados del comportamiento mensual de las órdenes de compras del Departamento. 4. El Oficial Comprador analizará y evaluará las solicitudes conforme a lo dispuesto en este Reglamento. 5. El Oficial Comprador se asegurará que los Agentes Compradores realicen las mejores compras que redunden en los mejores beneficios al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. Será responsabilidad del Oficial Comprador asegurarse que las compras relacionadas a construcción en general y/o reacondicionamiento de edificios que se realizan en nuestro Departamento, cumplan con la política pública de la Rama Ejecutiva del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Esto, para promover la construcción, reacondicionamiento y uso de edificios que promuevan la sostenibilidad ecológica mediante la aplicación costo efectiva del sistema, según establecida en el Boletín Administrativo Núm. OE-2007-41 y en el "LEED for Existing Buildings: Operations & Maintenance" aprobado por el "U.S GREEN BUILDING COUNCIL LEED, USGBC for Public Use and Display, April 2008". 6. El Oficial Comprador será responsable de implementar las disposiciones contenidas en la Ley Núm. 63 de 13 de julio de 2007, según enmendada, conocida como "Ley de Reservas en las Compras del Gobierno".
Regl. 7783, art. II-5: Delegación de Funciones y Deberes del Oficial Comprador | Justis AI