Regl. 7783, art. II-6 dup2
Condición de Entregas
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Cite as Reglamento Núm. 7783, Art. II-6 dup2
En aquellos casos en que no se requiera una entrega específica, los licitadores
deberán indicar en su oferta el término o la fecha dentro del cual entregarán
los artículos o rendirán el servicio requerido. La entrega podrá ser una de las
condiciones principales en la evaluación de una subasta, siempre que así se
haga constar en el pliego y si con ello se beneficia el interés público.
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