Regl. 7783, art. V-4
Notificación de Adjudicación
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Cite as Reglamento Núm. 7783, Art. V-4
Luego de evaluadas las ofertas y después de la Junta haber adjudicado la
subasta, el Secretario de la Junta notificará por escrito a todos los licitadores
que sometieron ofertas mediante un escrito titulado "Aviso de Adjudicación".
También informará a la oficina peticionaria sobre la adjudicación. Dicho
"Aviso de Adjudicación" deberá enviarse por correo certificado dentro de un
período de tiempo no mayor de cinco (5) días laborables después de la fecha
de adjudicación. La notificación debe apercibir a los licitadores sobre sus
derechos y términos para solicitar reconsideración.
Una vez la Junta notifique las adjudicaciones de subastas se dispondrá de las
garantías de licitación de la siguiente manera:
1. Las garantías de licitación prestadas por los licitadores no
favorecidos les serán devueltas a sus legítimos dueños. Las mismas
se enviarán por correo certificado con acuse de recibo después que
el periodo de impugnación haya terminado.
2. En los casos en que sea impugnada la adjudicación, se retendrá la del
postor agraciado y la del que impugna, hasta la fecha en que se
formalice el contrato.
3. Si transcurridos diez (10) días de haberse citado para otorgar el
contrato, el licitador agraciado no comparece, se ejecutará la
garantía de licitación para que responda por el exceso de lo cotizado
por el postor a quien se le adjudique en segunda instancia.
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