Regl. 7783, art. V-8
Junta de Revisión de Subastas Formales
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Cite as Reglamento Núm. 7783, Art. V-8
El Secretario del Departamento nombrará una Junta de Revisión de Subastas
Formales que atenderá, revisará, examinará y emitirá recomendaciones sobre
cualquier impugnación incoada por un licitador que considere que el
procedimiento efectuado para la adquisición y venta de equipos, materiales y
servicios no profesionales del Departamento mediante Subasta Formal no se
celebró conforme a las disposiciones de este Reglamento, o cualquier otra
Reglamentación aplicable.
8.1 Composición de la Junta de Revisión de Subastas Formales.
Estará compuesta por tres (3) miembros nombrados por el Secretario
del Departamento; un Presidente, un (1) Secretario de la Junta de
Revisión de Subastas Formales y un (1) miembro adicional. Podrá
nombrar dos (2) suplentes, los cuales sustituirán a los miembros en
propiedad de ser necesario. El Secretario nombrará un (1) Asesor Legal
en esta Junta de Revisión, el cual tendrá voz, pero no voto. Su
nombramiento se extenderá por el término que disponga el Secretario.
Los miembros de la Junta no recibirán remuneración alguna por los
servicios prestados como tales.
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8.2 Deberes y Facultades de la Junta de Revisión de Subastas
Los deberes y facultades de la Junta de Revisión de Subastas Formales
serán las siguientes:
1. Crearán un procedimiento que les permita regir los aspectos
administrativos propios de la Junta de Revisión de Subastas
Formales de acuerdo a las leyes y reglamentos aplicables.
2. Considerarán, evaluarán y resolverán los recursos
presentados ante ella de acuerdo a las leyes y reglamento
aplicables.
3. Llevarán un Registro de Revisiones. según el orden en que se
reciban y se les asignará un número por año fiscal. Este
número de registro identificará cada caso desde que se inicie
hasta su resolución final.
4. La Junta de Revisión de Subastas se reunirá todas aquellas
veces que estime necesario para atender los asuntos
pendientes o cuando el Secretario del Departamento asà lo
solicite. De algún miembro tener que ausentarse, deberá de
notificarlo con antelación para poder citar a un miembro
sustituto.
8.3 Deberes y Responsabilidades del Presidente de la Junta de Revisión de
Subastas
1. Será responsable de hacer cumplir la legislación y
reglamentación aplicable.
2. Presidirá las reuniones y vistas administrativas de la Junta de
Revisión de Subastas Informales.
3. Dirigirá los procedimientos de la Junta de Revisión de
Subastas Informales.
8.4 Deberes y Responsabilidades del (la) Secretario (a) de la Junta de
Revisión de Subastas
1. Custodiará toda la información, expedientes y archivos de los
casos de la Junta de Revisión de Subastas.
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2. Mantendrá el control de toda la correspondencia y
documentación recibida y enviada por la Junta de Revisión
de Subastas.
3. Levantará, controlará y mantendrá las actas de todas las
reuniones y vistas administrativas de la Junta de Revisión de
Subastas.