Regl. 7783, art. V-8

Junta de Revisión de Subastas Formales

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Cite as Reglamento Núm. 7783, Art. V-8

El Secretario del Departamento nombrará una Junta de Revisión de Subastas Formales que atenderá, revisará, examinará y emitirá recomendaciones sobre cualquier impugnación incoada por un licitador que considere que el procedimiento efectuado para la adquisición y venta de equipos, materiales y servicios no profesionales del Departamento mediante Subasta Formal no se celebró conforme a las disposiciones de este Reglamento, o cualquier otra Reglamentación aplicable. 8.1 Composición de la Junta de Revisión de Subastas Formales. Estará compuesta por tres (3) miembros nombrados por el Secretario del Departamento; un Presidente, un (1) Secretario de la Junta de Revisión de Subastas Formales y un (1) miembro adicional. Podrá nombrar dos (2) suplentes, los cuales sustituirán a los miembros en propiedad de ser necesario. El Secretario nombrará un (1) Asesor Legal en esta Junta de Revisión, el cual tendrá voz, pero no voto. Su nombramiento se extenderá por el término que disponga el Secretario. Los miembros de la Junta no recibirán remuneración alguna por los servicios prestados como tales. 41 8.2 Deberes y Facultades de la Junta de Revisión de Subastas Los deberes y facultades de la Junta de Revisión de Subastas Formales serán las siguientes: 1. Crearán un procedimiento que les permita regir los aspectos administrativos propios de la Junta de Revisión de Subastas Formales de acuerdo a las leyes y reglamentos aplicables. 2. Considerarán, evaluarán y resolverán los recursos presentados ante ella de acuerdo a las leyes y reglamento aplicables. 3. Llevarán un Registro de Revisiones. según el orden en que se reciban y se les asignará un número por año fiscal. Este número de registro identificará cada caso desde que se inicie hasta su resolución final. 4. La Junta de Revisión de Subastas se reunirá todas aquellas veces que estime necesario para atender los asuntos pendientes o cuando el Secretario del Departamento así lo solicite. De algún miembro tener que ausentarse, deberá de notificarlo con antelación para poder citar a un miembro sustituto. 8.3 Deberes y Responsabilidades del Presidente de la Junta de Revisión de Subastas 1. Será responsable de hacer cumplir la legislación y reglamentación aplicable. 2. Presidirá las reuniones y vistas administrativas de la Junta de Revisión de Subastas Informales. 3. Dirigirá los procedimientos de la Junta de Revisión de Subastas Informales. 8.4 Deberes y Responsabilidades del (la) Secretario (a) de la Junta de Revisión de Subastas 1. Custodiará toda la información, expedientes y archivos de los casos de la Junta de Revisión de Subastas. 42 2. Mantendrá el control de toda la correspondencia y documentación recibida y enviada por la Junta de Revisión de Subastas. 3. Levantará, controlará y mantendrá las actas de todas las reuniones y vistas administrativas de la Junta de Revisión de Subastas.
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