Regl. 7785, art. 2

Base Legal

Length: 75 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7785, Art. 2

Este Reglamento se adopta y se promulga en virtud de la facultad que se confiere al Contralor en el Artículo III, Sección 22, de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y en los artículos 14 y 16 de la Ley Núm. 9 del 24 de julio de 1952, según enmendada. [2 L.P.R.A. secs. 84 y 86]. 1 133 D.P.R. 945 (1993). 2 141 D.P.R. 424 (1996). 3 141 D.P.R. 861 (1996). 36-00-03
Regl. 7785, art. 2: Base Legal | Justis AI